Rellene el formulario de más abajo para solicitar el Certificado de Defunción oficial.
El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona. Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que así lo requiera y tenga interés, salvo las excepciones legalmente previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial. También se le denomina partida de defunción o acta de defunción. El Registro Civil competente es el de la localidad donde ocurrió el hecho, no existiendo un Registro Civil centralizado. Solamente tienen certificado de defunción en España las personas fallecidas en España o cuya defunción haya sido inscrita en Consulados españoles, con posterioridad a 1870.
El coste de la gestión de los certificados es de 49€ iva incluido, al que habrá que añadir los suplementos opcionales que se marquen en la petición.
El plazo de tramitación depende de cada Registro Civil, siendo la media de unos 15/20 días laborables. Aquí le indicamos los plazos de los registros más habituales. A estos plazos deberá sumarle el tiempo de envio. Madrid capital posterior a 1950 (3 días laborables), Madrid capital anterior a 1950 (5 días laborables), Registro Civil Central tomos digitalizados (15/20 días laborables), Registro Civil Central tomos no digitalizados (25 días laborables). *El Registro Civil Central presenta actualmente un retraso de emisión de certificados de 40 días.
Autorización
Debido a la entrada en vigor de la nueva ley RGPD para poder tramitar este certificado ante el Registro Civil, puede ser necesario presentar una autorización y una copia de su documento de identidad. Si el solicitante no fuera el titular del certificado deberá justificar su relación con este. El Registro Civil se reserva el derecho de emisión del certificado a la hora de calificar el interés legítimo y relación del solicitante.